- Su inclusión en el vuelo inmediato posterior.
- Endoso de su contrato de transporte a otra empresa aérea, cuando sea aceptado por el pasajero.
- Ser reencaminado por otra ruta hacia el destino indicado en el contrato, por los servicios del transportador o por otro u otros medios de transporte.
- Compensación por embarque denegado conforme a las regulaciones del transportador.
- A la devolución del valor del pasaje no utilizado conforme a las modalidades de pago.
Asimismo deberá facilitar los siguientes servicios adicionales a los pasajeros:
- Comunicaciones telefónicas.
- Comidas y refrigerios de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo.
- Alojamiento en hotel, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
NOTA: Estos beneficios no alcanzan al transporte gratuito o al de tarifas con valor inferior al 50% a las aplicables.
PRESENTACION A EMBARCAR
- El pasajero deberá hacerse presente en las oficinas de despacho del transportador en el aeropuerto de partida conforme lo indicado por el transportador el día previsto y a la hora indicada.
- Se recomienda hacerlo con 1 o 2 hs. de anticipación a la hora prevista de salida del vuelo según se trate de vuelos de cabotaje o internacional.
- El pasajero deberá acreditar su identidad en el momento de embarque, con el documento que corresponda, pudiendo ser Cédula de Identidad, o Documento Nacional de Identidad para vuelos de cabotaje y a los países limítrofes y pasaporte para los restantes vuelos internacionales.
- El pasajero deberá presentar todos los documentos de salida y entrada, sanitarios y demás requeridos por las normas de los países desde y hacia a los cuales se volará.
- En caso de viajar con menores de edad en vuelos internacionales, deberá además contar con:
- En el supuesto de que los menores viajen acompañados de ambos padres, con libreta de matrimonio o partida de nacimiento del menor y documentos de identidad o pasaporte según corresponda a cada uno de ellos.
- Cuando el menor viaja acompañado por uno de sus padres, con la autorización de salida del otro otorgada por ante escribano público y los demás documentos ya señalados.
- Cuando el menor viaja sin ninguno de los dos padres, con autorización de salida de ambos progenitores otorgada por ante escribano público más la documentación referida.

FALTA DE PRESENTACION DEL PASAJERO A EMBARCAR
- Cuando un pasajero no se presenta a embarcar, contando con reserva confirmada, el transportador podrá aplicar un cargo de acuerdo con sus regulaciones.
- Este cargo también se aplicará cuando el pasajero solicite la devolución del pasaje y su reintegro o cuando solicite cancelación o modificación de su reserva confirmada con una antelación menor a 24 hs. previa a la salida del vuelo.
CONDUCTA DEL PASAJERO A BORDO
- El pasajero deberá observar a bordo una conducta adecuada a fin de evitar poner en peligro la aeronave o a cualquier persona o propiedad de abordo, pudiendo el transportador, en caso contrario, adoptar las medidas que estime necesarias a estos fines.
